En Argentina existen, al menos, unos 40 Pueblos Originarios que conviven en alrededor de 1.500 comunidades distribuidas en todo el país. Ellos son preexistentes a la conformación de la Nación Argentina y sus derechos han sido reconocidos por la Constitución Nacional.
Cada pueblo tiene su propia cosmovisión y formas de ver y entender el mundo; por eso algunos se autorreconocen como nación, pueblo o etnia, dependiendo del grado de colonización, aculturación y transculturación al que han sido sometidos. Por otra parte, en la actualidad se mantienen activas unas 16 lenguas ancestrales y existen otras en proceso de fortalecimiento y recuperación.
Más allá de la preexistencia de estas culturas y de sus derechos reconocidos, en muchas ocasiones sus integrantes se convierten en víctimas de discriminación o violencias tanto físicas como simbólicas. A su vez, producto del despojo y la expulsión territorial, muchas familias debieron migrar hacia las zonas urbanas y fueron parte de la formación de muchos barrios periféricos y populares.
Sin embargo, el legado de estos Pueblos Originarios, sus culturas, cosmovisiones, lenguas y tradiciones forma parte del patrimonio cultural nacional y, por ello, el Estado es responsable de custodiarlo y resguardarlo.
En ocasiones, los medios de comunicación han hecho referencia a lo que denominan como la “problemática indígena”, lo cual implícitamente implica considerar que la pertenencia a dichas culturas originarias sería un inconveniente. Por eso, resulta indispensable llevar a cabo una revisión y relectura respecto a la forma en la que se interpela a estos pueblos-naciones
ancestrales.
El rol de los medios de comunicación audiovisual es fundamental en tanto formadores de sentido y opinión. Aquellas ocasiones en las cuales se reproduzcan miradas o terminologías incorrectas, incompletas o discriminatorias podrían resultar doblemente preocupantes para algunas poblaciones, colectivos o comunidades, ya que esos mensajes no solo circulan dentro de la esfera de sentido de un medio de comunicación, sino que, por su rol social, son reproducidos por quienes consumen dichos contenidos.
A fin de reconocer esos derechos y establecer mecanismos para su ejercicio, la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual incorporó un apartado sobre Pueblos Originarios (artículo 151), que dispone la reserva de frecuencias en AM, FM y televisión abierta para las comunidades. Asimismo, creó mecanismos de financiamiento y promoción a partir de los cuales existen en la actualidad diversas emisoras pertenecientes a dichas comunidades localizadas en diferentes regiones de la Argentina.
En esta línea, se ponen a disposición algunas recomendaciones para tener en cuenta a la hora de comunicar cuestiones asociadas a los Pueblos Originarios. Las mismas se refieren a respetar las identidades, dado que los pueblos y los individuos indígenas tienen derecho a su autodeterminación y a pertenecer a una comunidad o nación indígena, lo cual no debe derivar
en ningún tipo de discriminación; desactivar los prejuicios y estereotipos, evitando la mirada asistencialista y la victimización; propiciar coberturas comunicativas inclusivas mediante la presencia de las voces de las y los actores directos, que consideren sus tradiciones y costumbres culturales; favorecer la presencia de Pueblos Originarios en sus propios medios de comunicación para fortalecer la libertad de expresión y contribuir a la pluralidad de voces; incorporar la perspectiva de “Comunicación con Identidad” a la agenda mediática, ya que el periodismo no debe buscar ser “la voz de” las comunidades, sino integrar esas voces en las agendas de los
medios; y evitar la asociación de rasgos fenotípicos con categorías nacionales, como también la generalización de esas categorías con prácticas culturales y jurídicamente negativas.
Uno de los principales objetivos del Observatorio de la Discriminación en Radio y TV de ENACOM consiste en trabajar junto a los medios de comunicación para mejorar las prácticas comunicativas, tendiendo a reproducir contenidos que eviten la discriminación de cualquier tipo
y fomenten el respeto, la armonía y la diversidad en todas sus formas. El Estado se ha comprometido desde el año del Bicentenario a llevar adelante una reparación histórica con aquellas naciones y pueblos que habitan ancestralmente en estas tierras. En ese sentido, esta guía podría funcionar como una contribución para avanzar en la integración y erradicación de
prejuicios hacia la construcción de un Estado plurinacional.
para acceder a la Guía de Buenas Prácticas dirigirse al siguiente enlace: http://www.obserdiscriminacion.gob.ar/wp-content/uploads/2020/08/tratamiento_responsable_sobre_pueblos_originarios-1.pdf