No a la trata. No a la explotación sexual
El Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños se conmemora cada 23 de septiembre. Fue instaurado por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas, en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999. Esta fecha tiene como objetivo fundamental denunciar las prácticas abusivas que suponen el tercer negocio ilegal más lucrativo del mundo, tras las armas y las drogas.
El primer intento legislativo en el continente americano contra la prostitución de mujeres, niñas y niños, aprobado en 1913, sucedió en nuestro país, Argentina. El autor fue el Dr. Alfredo Palacios, y constituyó la primera ley en América que protegía a las víctimas de explotación sexual y penalizaba a los responsables. Por ello, se entiende que la Ley 9.143, también conocida como Ley Palacios, marcó la culminación de una de las luchas más resonantes de la historia contra la esclavización de mujeres, niños y niñas para el ejercicio forzado de la prostitución.
La explotación sexual y la trata de mujeres, niños y niñas es un atentado contra la dignidad de quienes las padecen, ya que carga contra los derechos humanos más elementales, como la integridad, la libertad y la vida misma. Son delitos cuyo proceso implica el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas para su explotación laboral o sexual.
Todos los países se encuentran afectados por el tráfico de personas, ya sea como país de origen, tránsito o destino de las víctimas. A su vez, los traficantes amenazan principalmente a mujeres y niñas: la gran mayoría de las víctimas con fines de explotación sexual y el 35% de las víctimas con fines de trabajo forzoso son mujeres. Por otra parte, los territorios en los cuales existen conflictos agravan aún más el problema, porque los grupos armados sobreexplotan a los civiles y los traficantes aprovechan esta situación para captar forzosamente a personas que se desplazan para huir de dichas zonas.
En Argentina, desde que se promulgó la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, en 2008, y hasta el 25 de julio de 2019, fueron rescatadas y asistidas 14.369 personas, de las cuales el 53% fue víctima de explotación sexual, mientras que el 47% de explotación laboral. En junio de 2019, el Congreso sancionó la Ley 27.508, que crea un Fondo Fiduciario Público de Asistencia Directa a Víctimas de Trata, el cual se conforma por los fondos líquidos decomisados y aquellos que constituyen el producido de la venta de los bienes incautados en procesos relacionados con el delito de trata y de lavado de activos provenientes de esos ilícitos, que son destinados a la asistencia integral de las víctimas.
Convivimos con acontecimientos que deben ser nombrados y visibilizados para garantizar los derechos de las personas. En este sentido, resulta fundamental que organismos especializados en diferentes temas sean los encargados de desarrollar materiales sólidos con información y contenidos conceptuales, pero que, además, puedan ofrecer pautas, sugerir caminos, estimular cuestionamientos, efectuar preguntas y facilitar soluciones para que otros puedan abordar sus notas, informes y coberturas periodísticas.
Desde el Observatorio de la Discriminación en Radio y TV destacamos y alentamos la difusión en los medios de comunicación de la Línea telefónica nacional 145, el canal gratuito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que forma parte del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, en el que se orienta y se reciben denuncias vinculadas a los delitos de trata y explotación de personas. Dicha línea ofrece protección, asistencia integral y especializada a las víctimas para facilitar la restitución de derechos, y funciona de forma anónima y gratuita las 24 horas de los 365 días del año.
También entendemos que la capacitación y la disponibilidad de recursos para comunicadores pueden producir un impacto en la cantidad y calidad de las informaciones que se generan. Por ello, con el objetivo de consensuar buenas prácticas periodísticas ponemos a consideración de los emisores una Guía de Recomendaciones para el tratamiento mediático de casos relacionados con la trata de personas, disponible en nuestra página web.